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octubre 8, 2024
Portada del artículo "Ciberacoso como manifestación del acoso escolar"

Ciberacoso como manifestación del acoso escolar

Al hablar de acoso escolar y ciberacoso es fácil que surja la duda sobre si son fenómenos relacionados o independientes. En función del estudio al que se acuda, el ciberacoso se puede encontrar como una prolongación del acoso escolar tradicional o un fenómeno completamente independiente. Entonces, ¿qué argumentos encontramos para justificar el ciberacoso como manifestación del acoso escolar?

Dos caras de una misma moneda

Muchas investigaciones han determinado que existe una fuerte relación entre los dos fenómenos. Incluso consideran que concebir el ciberacoso como un fenómeno independiente hace pensar que es una consecuencia negativa del desarrollo tecnológico. Esto implicaría dejar de lado los factores socioculturales e individuales que lo causan. Además, es fácil encontrar casos de ciberacoso como manifestación del acoso escolar puesto que las personas agresoras aumentan la tipología de conductas de acoso incorporando las TRIC.

Uno de los argumentos utilizados para defender esta idea atiende a cómo se define el concepto de ciberacoso. Si bien no existe una única definición, en muchos estudios se define como una forma de acoso tradicional que se realiza a través de Internet. Otro aspecto que se suele incluir en las definiciones es que todas las personas implicadas pertenecen al mismo centro educativo, existiendo una relación de convivencia.

Además, la mayoría de definiciones utilizadas incluyen características básicas del fenómeno, que coinciden con las del acoso escolar añadiendo la intervención necesaria de las TRIC. De este modo, se habla de intencionalidad, desequilibrio de poder y, en menor medida, de la reiteración. Esta última se da por naturaleza de internet debido a la reproducción automática, de manera que un único comportamiento de ciberacoso se muestra muchas veces.

Más argumentos a favor

La ONG Save the Children considera el ciberacoso como una extensión del acoso escolar tradicional, de acuerdo a la definición que proporciona en “Antivirus contra la violencia, una guía para familias sobre la prevención del ciberacoso y otros delitos a través de internet a los que puede estar sometida la juventud:

“para definir el ciberacoso debemos unirlo al concepto de acoso «tradicional», ya que es una extensión del mismo fenómeno pero que debido a sus propias características, adquiere una gravedad especial. El ciberacoso es una violencia entre iguales que consiste en el hostigamiento hacia una víctima, a través de mensajes, imágenes, vídeos o comentarios, todos ellos con intención de dañar, insultar, humillar o difamar. A diferencia del acoso tradicional, no hay contacto directo cara a cara y se prolonga más en el tiempo ya que el contenido, una vez publicado digitalmente, puede ser reproducido y reenviado infinitas veces mediante su difusión y perdiendo de control sobre el mismo.”

Además, algunas de las conductas de ciberacoso dependen directa y necesariamente de la realización de conductas de acoso presencial. Por ejemplo, la grabación de una agresión para subirlo a redes sociales (happy slapping). En esta agresión, se encuentran por un lado las agresiones presenciales (acoso escolar) y, por otro, la grabación del momento con la posterior subida a internet (ciberacoso).

Otro ejemplo sería el acceso a los objetos personales de la víctima para coger su teléfono y, con él, realizar cualquier acción en su nombre en internet (suplantación de identidad), entre otras posibles conductas.

Save the Children determina que las víctimas ciberacosadas suelen sufrir también acoso en el ámbito educativo. De esta forma, el ciberacoso se convierte en una herramienta más de acoso.

Otro ejemplo sería la Fundación ANAR. Esta establece en sus informes, guías y publicaciones la equiparación del fenómeno del ciberacoso al acoso escolar tradicional, considerándolo una extensión o modalidad de este.

Dos fenómenos diferenciados

Algunos de los argumentos utilizados para defender que los fenómenos de acoso escolar tradicional y ciberacoso no están relacionados se centran en indicadores como las diferentes formas de expresión, tipologías, modalidades, medios y formas de participar entre estos dos. Determinan que ambos fenómenos dependen de los factores afectivos, motivacionales y contextuales de cada víctima y persona agresora. Por ello, se necesitaría de un análisis más amplio para su comprensión más allá de la descripción de conductas.

Diferentes estudios concluyen que las intenciones, motivaciones, perfiles, roles de poder, tendencia a la repetición de la conducta y sus prevalencias son diferentes. Esto contradeciría la premisa del ciberacoso como manifestación del acoso escolar.

Por último, se considera que cada fenómeno se desarrolla en contextos sociales diferentes. Las dinámicas de interacción social en el contexto virtual tienen unas características propias y diferenciadas de la interacción cara a cara. En este sentido, destacarían el anonimato y el control de los dispositivos tecnológicos. De este modo, se considera que el contexto virtual o presencial determina las características particulares de la interacción social, estableciendo diferencias notables entre los fenómenos.

Conclusión

Independientemente de si a efectos sociales se consideran fenómenos dependientes o independientes, es importante recordar que la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia concibe el ciberacoso como un derivado del acoso tradicional al obligar a los centros educativos a incluirlo en los planes de convivencia, de manera que el “plan recogerá los códigos de conducta […] ante situaciones de acoso escolar o ante cualquier otra situación que afecte a la convivencia en el centro educativo, con independencia de si estas se producen en el propio centro educativo o si se producen, o continúan, a través de las tecnologías de la información y de la comunicación” (artículo 31.2).

Desde luego, en Krimera lo tenemos claro. La naturaleza del ciberacoso está relacionada con el fenómeno social del acoso escolar tradicional. Por ello, identificar las causas que dan origen al acoso escolar es fundamental para la detección, intervención y prevención de ambos fenómenos. Además, todas las actuaciones que tengan por objetivo la disminución del acoso escolar deben incluir necesariamente el ciberacoso para aumentar las probabilidades de éxito y prevenir eficazmente este tipo de violencia tan común entre la juventud.

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