La Criminología, como ciencia multidisciplinar, puede proporcionar diversos servicios tanto de forma autónoma como en relación con otros profesionales. Entre las diferentes actuaciones que puede llevar a cabo un experto en esta disciplina, ofrecemos los siguientes servicios:
Informes
El informe criminológico es el instrumento básico para que los criminólogos actúen profesionalmente y, mediante su realización, exponen sus consideraciones relacionadas con un determinado delito o delincuente, entre otros.
Informe Pericial
El informe pericial viene definido en el Libro II, Título V, Capítulo VII de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. El juez acordará, de oficio o a instancia de parte, el informe pericial cuando, para conocer o apreciar algún hecho o circunstancia importante en el sumario, fuesen necesarios o convenientes conocimientos científicos o artísticos (art. 456). Por tanto, cuando el Informe se solicita dentro de un proceso judicial, se trata de un medio prueba.
La finalidad de la prueba pericial no es establecer un criterio de decisión, sino aportar a los jueces los conocimientos científicos o prácticos especializados, que son necesarios para conocer o apreciar convenientemente los hechos controvertidos en el proceso (art. 299, LEC)
La criminología, como ciencia multidisciplinar que tiene por objeto de estudio el hecho criminal y a sus implicados, capacita al criminólogo para realizar “la evaluación y emisión de informes técnicos sobre perfiles de categorías específicas de delincuentes, […] en cualesquiera de los momentos del proceso penal o de ejecución de la sentencia, si es requerido para ello, en tareas como […] análisis del hecho criminal.” (Estatutos del Ilustre Colegio Oficial de Criminólogos de la Comunitat Valenciana).
Informe Criminológico en el Ámbito Penitenciario
El Informe en el ámbito penitenciario está centrado en el estudio de un determinado delincuente. Su finalidad es analizar las características personales, familiares y ambientales y, de esta manera, contribuir a determinar el régimen penitenciario más adecuado.
Dicho informe puede tener lugar en distintos momentos de la vida penitenciaria del interno/a, pero cobra especial importancia en el momento de entrada en prisión del sentenciado/a y su posible clasificación en tercer grado penitenciario directo. Esta posibilidad se regula en el artículo 72.3 de la Ley General Penitenciaria: “Siempre que de la observación y clasificación correspondiente de un interno resulte estar en condiciones para ello, podrá ser situado inicialmente en grado superior, salvo el de libertad condicional, sin tener que pasar necesariamente por los que le preceden.”
Proyectos de Prevención Juvenil
La prevención durante la infancia y la adolescencia se refiere a las estrategias orientadas a inhibir el desarrollo del comportamiento disruptivo individual. La prevención se lleva a cabo por medio de intervenciones colectivas, incluyendo el entorno social del menor. De este modo, dicha intervención se centra en reducir factores de riesgo y amplificar factores de protección en el desarrollo infantil y juvenil.
Un proyecto de prevención es, por tanto, un conjunto coordinado y ordenado de actuaciones con la finalidad de anticiparse a una necesidad o problema detectado. Con tal fin, se desarrollan factores de protección para mejorar las circunstancias iniciales y conseguir una situación final mejor.
Mediación
La mediación se basa en un proceso de comunicación en el que las partes consiguen comunicarse con la ayuda de un tercero imparcial, el mediador, que procurará que las personas implicadas en el conflicto puedan llegar, por sí mismas, a un acuerdo.
Es un método autocompositivo en el que el mediador no propone, no aconseja y no decide sobre el conflicto, sino que se limita a ayudar a las partes a comunicarse mediante mecanismos de acercamiento y técnicas de colaboración.
Si bien una de los posibles finales de la mediación es el acuerdo entre las partes, la finalidad de este proceso es hacer que estas se comuniquen, se entiendan y puedan ver el conflicto desde otros puntos de vista más allá del propio.
La principal característica de la mediación es la voluntariedad, puesto que las partes deben tanto acudir como permanecer en este proceso de forma voluntaria.
Mediación Familiar
La mediación familiar se centra en la resolución de conflictos producidos en el ámbito familiar. Generalmente, se centra en los problemas derivados del divorcio o por el cuidado de personas dependientes. Sin embargo, también se puede aplicar a conflictos cotidianos derivados de la convivencia o del propio parentesco familiar.
Es necesario remarcar que la mediación no es ayuda psicológica como sería el caso de terapia de divorcio, terapia de pareja, terapia familiar o asesoramiento en divorcio.
Mediación Escolar
La mediación escolar consiste en la resolución pacífica de conflictos producidos en el ámbito escolar. De este modo, se pretende que los menores enfrentados solucionen sus diferencias de una manera responsable, a la vez que aprenden una serie de valores y formas de actuación y gestión de conflictos para futuros casos.
En muchas ocasiones, las discrepancias entre el alumnado se deben a diferencias culturales como la forma de vestir, actuar, hablar, comportarse e, incluso, el idioma o aspecto físico. Todo esto es producido por los prejuicios y la falta de conocimiento de la cultura distinta a la propia, por lo que la mediación intercultural en ámbito educativo no solo pretende resolver el conflicto concreto sino que también enseña a comprender y respetar la diversidad.